Ayudas jóvenes agricultores Aragón 2021

El Gobierno de Aragón tiene abierto el plazo para presentación de las ayudas que tienen como finalidad fomentar el desarrollo de empresas agrarias por parte de jóvenes empresarios y apoyar, en su caso, los planes de mejora que se realicen en las mismas.

Objeto y finalidad

En concreto las ayudas objeto de la presente orden, son las siguientes:

  1. El objeto son las subvenciones destinadas a la modernización de las explotaciones agrarias y a la instalación de jóvenes agricultores para el año 2021 (medidas 4.1.a) y 6.1, respectivamente) en el marco del PDR.
  2. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a superar las deficiencias estructurales que limitan las posibilidades de desarrollo de muchas explotaciones agrarias y a la renovación de la población activa agraria.

Gastos e inversiones subvencionables

Una vez visto el objeto y finalidad de las ayudas, concretemos a, que van destinadas y en que cuantías.

La cuantía total máxima estimada por la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para esta convocatoria es la siguiente:

  1. Para las subvenciones en modernización de explotaciones agrarias es de 18.000.000 euros.
  2. Para las subvenciones en instalación de jóvenes agricultores es de 12.000.000 euros.

Estas cuantías se distribuirán en un máximo de cuatro anualidades.

Cuantía de la subvención | Ayudas jóvenes agricultores Aragón

De manera pormenorizada las ayudas, en cuantía individual  son las siguientes:

Para la modernización de explotaciones agrarias, las ayudas tendrán la forma de subvención de capital, aplicando los límites siguientes:

  1. El volumen de inversión para el periodo de los tres años naturales anteriores a la Resolución será de hasta 120.000 euros por UTA, con un límite máximo de 500.000 euros por explotación y sin superar el límite por UTA.
  2. El límite máximo de subvención será del 35 por 100 de la inversión subvencionable, pudiéndose incrementar hasta en un máximo de 20 puntos porcentuales en los siguientes casos:
    • Inversiones realizadas por agricultores jóvenes que realicen la instalación de forma simultánea, estén en proceso de incorporación o la hayan realizado en los últimos cinco años. Se aplicará un incremento de hasta 10 puntos porcentuales.
    • Inversiones en común. Se aplicará un incremento de 5 puntos porcentuales.
    • Explotación mayoritariamente ubicada en zonas de montaña y zonas con limitaciones específicas. Incremento de 10 puntos porcentuales.
    • Explotación mayoritariamente ubicada en zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales. Se aplicará un incremento de 5 puntos porcentuales.

El límite máximo de subvención en ningún caso superará el 55 por 100.

El volumen mínimo de inversión auxiliable en la Resolución y certificación de un plan de mejora será de 6.000 euros.

Lo que nos indican las bases reguladores, especialmente para los jóvenes agricultores

Para la instalación de jóvenes agricultores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la orden de bases reguladoras, se aplicará un pago básico de 20.000 euros. El pago básico se podrá incrementar en los siguientes supuestos:

  1. Por la creación de una UTA adicional completa: 000 euros.
  2. Según la ubicación de la mayor parte de la explotación:
    • En zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales: 2.000 euros.
    • En zona de montaña y zonas con limitaciones específicas: 5.000 euros.
  3. En función del valor de producción estándar ajustada de la explotación por encima de la cuantía equivalente necesaria para obtener el 35% de la Renta Unitaria de Trabajo:
    • De 8.000 a 25.000 euros: 10.000 euros.
    • De 25.001 a 50.000 euros: 15.000 euros.
    • De 50.001 a 75.000 euros: 17.500 euros.
    • De mayor de 75.000 euros: 20.000 euros.
  4. En función del volumen de gastos necesarios para la puesta en marcha de la explotación:
    • De 25.000 a 50.000 euros: 5.000 euros.
    • De 50.001 a 100.000 euros: 8.000 euros.
    • De 100.001 a 150.000 euros: 10.000 euros.
    • Más de 150.000 euros: 15.000 euros.

Por todo ello  según el artículo 15 de la orden de bases reguladoras, para la instalación de jóvenes el máximo aplicable en el mejor de los casos podrá llegar hasta los 70.000 euros

Las subvenciones previstas en la presente Orden son incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.

Además recordar la formación mínima y obligatoria de 100 horas en agricultura que piden las bases, para lo que puedes ver el curso de incorporación de Inalocal para Aragón.

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