¿Está permitido el uso de Ozono como desinfectante?

Según la Administración (Comunidad de Madrid, a instancias del Ministerio) …”En cuanto al uso del ozono, indicar que esta sustancia activa no ha sido todavía  aprobada a nivel europeo para uso ambiental, por lo que no se puede proporcionar ningún documento bajo la legislación de biocidas que establezca su eficacia y/o seguridad de su uso como viricida.

Entonces, ¿Cómo deben actuar las empresas?

Por el momento, los responsables de la puesta en el mercado lo hacen bajo su responsabilidad, con el único requisito de notificarlo bajo la Disposición Transitoria segunda del RD 1054/2002, pero este requisito no implica una conformidad por parte del Ministerio de Sanidad.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?

Si se aplicase como viricida para servicios a terceros, la empresa aplicadora deberá informar al Registro Oficial de Establecimiento y Servicios Biocidas, aportando:

  •  Notificación al Ministerio de Sanidad por parte del fabricante del dispositivo generador de ozono.
  • Recomendaciones de uso del fabricante.
  • La formación del personal, tanto en el manejo del generador como en el uso de los EPIs correspondientes.”

¿Alguno formación es válida para estas desinfecciones?

La formación específica para generadores de Ozono no existe, sin embargo INALOCAL imparte formación específica en biocidas T+ y CMRs según el Real Decreto 830/2010, curso del anexo II a) de tóxicos y CMRs, podría servir para el caso de limpiezas en zonas comunes privadas y/o para la realización de las limpiezas… es este caso se podría considerar como formación básica en biocidas. La información completa de nuestro curso la tienes aquí, así como nuestra consultoría para las empresas ROESB:

Ver formación relacionada para aplicaciones según el Real Decreto 830/2010, 25 de junio:

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