Se anuncian las nuevas ayudas para las tecnología 4.0 agrícola en la comunidad de Madrid

“En la presente publicación nos vamos a referir a quienes van dirigidos y por lo tanto pueden ser beneficiarios de las ayudas que se contemplan en el programa 4.0. de la orden 2001/2023, de 19 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba la convocatoria 2023, de las ayudas destinadas a proyectos de inversión dentro del Plan de Impulso de la Sostenibilidad y la Competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el marco del PRTR, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU”

Beneficiarios de las ayudas:

a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la Ley 35/2011. De 4 de octubre, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de pymes.

b) Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios. Entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851. En el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de pymes.

c) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de pymes y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.

d) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de pymes. Cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

PLAZOS

Plazo y forma de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID … se publicó el 05/07/2023

Para poder obtener las ayudas tecnologías 4.0 agrícolas Madrid es necesario, a parte cumplir la condición de beneficiario y otros requisitos , el acreditar la formación especifica para ello. En INALOCAL, la puedes obtener, realizando el Curso Online Tecnologías 4.0 en la agricultura de precisión.

Consulta las próximas ediciones.