Según la nota técnica 5 publicada por el FEGA de «Ayudas a los jóvenes agricultores» nos aclara:
Aquí tienes la nota completa del FEGA: https://www.fega.es/sites/default/files/files/190128_Nota_5.pdf
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder recibir asignación de la Reserva Nacional como joven agricultor?
Para poder recibir asignación de la Reserva Nacional como joven agricultor se deberá:
• No tener más de 40 años de edad en el año de presentación de la solicitud de derechos de pago básico
de la Reserva Nacional.
• Acreditar la formación y la capacitación adecuada en el ámbito agrario (ver curso de Inalocal, para ello),
acorde a la exigida en el ámbito del desarrollo rural a la fecha de finalización del plazo de presentación
de la solicitud única de la campaña.
• Instalarse por primera vez en una explotación agraria como responsable de la explotación,
o haberse instalado en dicha explotación en los cinco años naturales anteriores a la primera
presentación de una solicitud al amparo del régimen de pago básico. La fecha de la primera instalación
que se considerará será la correspondiente a la fecha de alta en el régimen de Seguridad Social
correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación.
• Y no haber ejercido la actividad agraria en las cinco campañas anteriores a la fecha considerada
como de su primera instalación.
Si se trata de una persona jurídica, independientemente de su forma jurídica, se tendrán que
cumplir las siguientes condiciones:
• Que sea el joven agricultor (que cumple con lo indicado en el apartado anterior) quien ejerce el control
efectivo a largo plazo sobre la persona jurídica que solicita la asignación de derechos de pago básico
a la Reserva Nacional.
Se entenderá que un joven o un grupo de jóvenes agricultores ejercen el control efectivo sobre la
persona jurídica cuando tengan potestad de decisión dentro de dicha persona jurídica,lo que
exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad
del capital social total de ésta y que posean más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.
• Cuando varias personas físicas, incluidas las personas que no sean jóvenes agricultores,
participen en el capital o la gestión de la persona jurídica, el joven agricultor estará en condiciones
de ejercer ese control efectivo a largo plazo de forma individual o en colaboración con otros
agricultores. Cuando una persona jurídica sea individual o conjuntamente controlada por otra persona jurídica,
las condiciones establecidas en el párrafo anterior, se aplicarán a cualquier persona física que ejerza el
control de esa otra persona jurídica. En estos casos, se entenderá que la referencia a la “instalación”
está hecha a la instalación de los jóvenes agricultores que ejercen el control de la persona jurídica.
¿Qué otras condiciones hay que cumplir para recibir asignación de la Reserva Nacional por ser joven agricultor?
Además los jóvenes, de manera general, deben:
- Ser agricultor activo (Se considerará agricultor activo):
- Disponer de hectáreas admisibles determinadas a efectos del pago básico para que los derechos se puedan asignar en base a dichas hectáreas. - Y que la superficie por la que se solicitan derechos de pago básico de la Reserva Nacional se encuentre a disposición del joven agricultor a fecha final del plazo de modificación de la solicitud única de la campaña que corresponda con la solicitud de derechos a la Reserva Nacional realizada, por lo que deberá figurar en la misma. Además de los anteriores aspectos generales, los jóvenes de manera específica, para poder recibir la asignación, deben: - Para campañas posteriores a la de 2015, el joven agricultor no puede haber recibido derechos de la Reserva Nacional en anteriores asignaciones de derechos de pago básico de la Reserva Nacional, excepto en el caso de sentencias judiciales firmes o incorporación por fases en el ámbito de un Programa de Desarrollo Rural. - El alta en la Seguridad Social en la actividad agraria, tal y como establezca la legislación vigente, debe haberse producido antes de la fecha final del plazo de modificación de la solicitud de derechos de pago básico de la Reserva Nacional de esa campaña. - El joven agricultor, en la solicitud única del año correspondiente a la solicitud a la Reserva Nacional, debe realizar la declaración de la explotación donde ejerce la actividad agraria y de la cual posee la titularidad o cotitularidad en régimen de propiedad o arrendamiento. Sobre la acreditación de la formación para ello, según las CCAA, los jóvenes hacer nuestro curso de Incorporación que según los PDRs también valen para solicitar derechos a la reserva nacional:
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