Las ayudas para los jóvenes agricultores de Madrid, son subvenciones que otorga dicha Comunidad para favorecer y promocionar el crecimiento en dicho territorio.
EXTRACTO de la Orden 80/2021, de 24 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas para financiar la incorporación de jóvenes agricultores y sus inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado.
Beneficiarios de las ayudas para los jóvenes agricultores
Personas físicas que, en el momento de la solicitud, hayan cumplido 18 años y no hayan cumplido los 41 y se instalen por primera vez como titulares de una explotación agraria que se ajuste a la definición de microempresa o pequeña empresa y que cumplan las condiciones de admisibilidad y requisitos de la disposición décima.
Objeto
El objeto de estas ayudas es la ejecución del plan empresarial para que un joven se instale por primera vez como titular, de forma exclusiva o compartida, de una explotación agraria o acceda a la cualidad de socio de una entidad con personalidad jurídica titular de una explotación agraria.
Bases reguladoras
La presente convocatoria de ayudas se regula por Orden 453/2019, de 4 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre de 2019).
Cuantía y financiación de las ayudas
Caso de ayudas a incorporación de jóvenes agricultores (tipo de operación 6.1.1):
La ayuda consistirá en una cantidad a tanto alzado fija según el siguiente esquema:
- Prima básica general: 17.400 euros.
- Suplemento de 22.600 euros a aquellos que se instalen en una explotación ganadera. En caso de explotaciones mixtas, este suplemento se aplicará en proporción a la dimensión relativa en UTAs de la parte ganadera.
Estos suplementos no se aplicarán en caso de que el joven se instale o adquiera total o parcialmente la explotación de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad. La prima básica general se verá disminuida cuando el beneficiario cuente con otros ingresos. El volumen máximo de inversión subvencionable será 300.000 euros. La inversión máxima subvencionable podrá aumentarse a razón de 100.000 euros por la creación de cada puesto de trabajo indefinido a tiempo completo.
Plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para los jóvenes agricultores
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Es decir, la fecha límite es el 7 de agosto de 2021.
Todos estos datos los puedes ampliar la siguiente Orden del BOCM, pulsando aquí.
¿Cómo se puede obtener la denominación de joven agricultor?
Para obtener estas ayudas se necesita ser joven agricultor. Para ello, se debe realizar un curso específico de 180 horas, con el cual se obtendrá un diploma que permitirá, al que lo obtenga, ser beneficiario de dichas ayudas. Este curso lo puedes realizar a través de Inalocal, entidad referente a la hora de preparar a jóvenes agricultores para que puedan obtener las subvenciones impartidas por la Comunidad de Madrid.
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