Nueva convocatoria de la Junta de Castilla la Mancha para el establecimiento de jóvenes en el sector agrario y efecto diferencial hacia las mujeres

La Dirección General de Desarrollo Rural ha publicado la resolución de 23 de diciembre de 2025, que regula la convocatoria de ayudas para el año 2026 mediante tramitación anticipada. Estas subvenciones, enmarcadas en el Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) 2023-2027, tienen como objetivo central atraer y apoyar a personas jóvenes agricultoras y ganaderas debidamente formadas para que asuman la titularidad de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha.

En Inalocal, entendemos que esta convocatoria es una pieza clave para el desarrollo rural, ya que permite a los nuevos activos del campo afrontar los primeros gastos de instalación y, simultáneamente, solicitar ayudas para la modernización y mejora de sus explotaciones. El apoyo financiero busca garantizar la viabilidad económica y la sostenibilidad de los proyectos, fomentando especialmente la igualdad de género y la fijación de población en zonas escasamente pobladas.

Requisitos y perfil de los beneficiarios

Para optar a estas ayudas, los solicitantes deben cumplir con los criterios de admisibilidad establecidos en la orden de bases. Los puntos principales incluyen:

  • Edad: Jóvenes que se establezcan por primera vez como titulares o jefes de explotación (entre 18 y 40 años).

  • Titularidad: Se admiten modalidades de titularidad única, compartida o explotaciones asociativas (no se permiten sociedades unipersonales).

  • Profesionalización: El joven debe alcanzar la condición de agricultor profesional y mantener el control efectivo de la explotación.

  • Plan Empresarial: Es obligatorio presentar un Plan Empresarial detallado que describa las actuaciones y objetivos de la instalación.

Cuantía de las ayudas y criterios de incremento

La estructura de las ayudas para el establecimiento (intervención 6961.1) se basa en un pago a tanto alzado que facilita la liquidez inicial del joven agricultor.

  • Ayuda básica: Se establece un importe de 37.000 euros.

  • Incrementos: Esta cifra puede aumentar hasta los 60.000 euros si se cumplen criterios adicionales. Se sumarán 10.000 euros si se acreditan tres criterios, o 23.000 euros si se cumplen cuatro o más. Estos incrementos para aumentar la ayuda básica son:

    Los criterios establecidos para poder optar a los incrementos son:

    a) La persona beneficiaria reside y la explotación se ubica mayoritariamente en zonas escasamente pobladas. Para optar a este incremento al menos el 50% de la superficie de la explotación agrícola y/o la ubicación principal en el caso de explotaciones ganaderas debe localizarse en estas zonas.

    b) Ser mujer.

    c) La instalación genera una UTA asalariada fija adicional a tiempo completo en la explotación. No dará derecho al incremento de la ayuda la contratación de la persona cedente de la explotación ni la contratación de familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad. Para acreditar este requisito el tiempo mínimo de contratación durante el periodo de compromisos será de dos años.

    d) Explotaciones con orientación productiva principal ganadera en apicultura, ovino, caprino o vacuno.

    e) Explotaciones con orientación productiva principal ecológica.

    f) Formar parte de una agrupación de productores (cooperativa y SAT) con fines de comercialización de la producción agraria para la que tenga que realizar un desembolso inicial.

    g) La explotación en la que se instala requiere de una inversión adicional de al menos 60.000 euros para dotar de elementos productivos a la explotación. Estas inversiones no serán auxiliables en el plan de mejora y deberán permanecer en la explotación todo el periodo de compromisos respetando las mismas condiciones que las inversiones del capítulo III de la orden de bases en cuanto al periodo de ejecución, a la moderación de costes y ausencia de vinculación entre quienes vendan y la persona joven.

Ayudas a la modernización y mejora de explotaciones

De forma simultánea al establecimiento, los jóvenes pueden solicitar las ayudas del Capítulo III para inversiones en activos físicos. Estas subvenciones cubren:

  1. Construcción y mejora de bienes inmuebles: Naves, almacenes y otras infraestructuras necesarias.

  2. Maquinaria y equipos: Adquisición de nueva maquinaria que mejore la eficiencia productiva.

  3. Inversiones en regadío: Modernización de sistemas de riego que garanticen un ahorro efectivo de agua de entre el 5% y el 25% según la tecnología sustituida.

  4. Energías renovables: Instalaciones para autoconsumo que respeten criterios de sostenibilidad.

El porcentaje básico de ayuda a la inversión es del 40%, pero para los jóvenes que se instalan simultáneamente, este porcentaje puede alcanzar el 70% de la inversión financiable.

Plazos y proceso de justificación

El plazo para la presentación de solicitudes ya está abierto y finaliza el 5 de marzo de 2026. Es vital que la tramitación se realice de forma telemática a través de la sede electrónica de la JCCM o mediante entidades agrarias de colaboración.

Una vez concedida la ayuda, el beneficiario dispone de 12 meses para iniciar las actuaciones (alta en Seguridad Social y Agencia Tributaria) y un máximo de 36 meses para ejecutar la totalidad del Plan Empresarial.

En Inalocal recomendamos encarecidamente la supervisión técnica de estos plazos, ya que el pago de la ayuda se divide en dos tramos:

  • un 60% tras la acreditación del inicio de actividad.
  • y el 40% restante tras la certificación final del cumplimiento de todos los compromisos.

No olvides los compromisos formativos que te va a pedir la Junta; ahí si te podemos ayudar. Buena suerte y buena subvención.