¿Qué es el R.E.G.A.N.I.P.?
- el registro REGANIP se deben inscribir los equipos de aplicación para tratamientos fitosanitarios aéreos y el de equipos fijos o semimóviles, al aire libre o en el interior de invernaderos y otros locales cerrados (es un registro complementario al de equipos móviles inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola o ROMA).
- También deben inscribirse las instalaciones de tratamientos postcosecha de empaquetados y centrales hortofrutícolas y las instalaciones de tratamiento de semillas, pues estas aplican productos fitosanitarios en la preparación para la semilla en la siembra.
El Ministerio de Agricultura «lo ha creado para dar cumplimiento y desarrollar lo señalado en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre de Sanidad Vegetal, así como incorporar lo dispuesto en el artículo 8 de la Directiva 2009/128/CE, por la que se establece un Uso Sostenible de los Plaguicidas y en su Anexo II, y con ello lograr que los riesgos derivados de la aplicación y del estado de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios sean los mínimos, resulta necesario establecer los controles oficiales para la verificación del cumplimiento de los requisitos sobre mantenimiento y puesta a punto de estos equipos, la normativa básica en materia de inspección, y las normas necesarias de coordinación con las comunidades autónomas.” Real Decreto 1072/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
¿Qué equipos se deben inscribir en el REGANIP?
Los siguientes equipos:
- Equipos aéreos (avionetas y drones)
- Equipos fijos, para la aplicación de fitosanitarios en:
- invernaderos
- centrales hortofrutícolas
- centrales de semillas