Ayudas a la modernización de Explotaciones Agrarias en Aragón

Ya se han convocado las subvenciones correspondientes a la Comunidad de Aragón para la modernización de instalaciones agrarias y el inicio de actividad e instalación de jóvenes agricultores, en el ámbito correspondiente al Programa de Desarrollo Rural para Aragón.

Estas subvenciones, de carácter comunitario, tienen como objetivo el fomentar un desarrollo rural sostenible 

Actividades Subvencionables que se contemplan

Son subvencionables, todas las actividades que mantengan relación con los artículos 6 y 11 de la Orden del 17 de Diciembre de 2015 y que estén incluida dentro de planes de mejora empresariales.

Gastos e inversiones susceptibles de ser subvencionadas

  • Construcción o mejora de inmuebles en las explotaciones agrarias: construcción de alojamientos ganaderos e instalaciones auxiliares, incluyendo sistemas de alimentación mecanizada para ganado vacuno (tanto de leche como de carne), ganado equino, ovino caprino y cunícula. También serán susceptibles de ser subvencionadas las explotaciones de apicultura
  • Invernaderos orientados a la plantación de hortalizas, frutas y hongos comestibles
  • Compra de maquinaria nueva: maquinaria para la siembra, picadoras desbrozadoras, empacadoras, hileradoras, cubas para el transporte de agua, cubas de purin, remolques esparcidores….
  • Adquisición de equipos informáticos o programas: Se subvencionarán la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor. Del mismo modo, elementos o herramientas que fomenten la digitalización, el acceso a redes, herramientas telemáticas y todo aquello que fomente la Agricultura 4.o

Beneficiarios de las Subvenciones

Dentro de lo que establecen las bases, podrán obtener subvenciones, aquellos titulares de explotaciones agrarias, sean personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones que tengan la titularidad compartida.

Por el contrario, no podrán ser beneficiarios de tales subvenciones, aquellos que se encuentren en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con el régimen y el procedimiento previstos en los artículos 10 y 11 del Decreto 136/2013, de 30 de julio, en relación a lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo.

Cuantía de las subvenciones

El importe de las subvenciones que se otorgarán, tendrán una cuantía total de 18.000.000, estás, serán financiadas por el FEADER, la Comunidad Autónoma y el Estado

Para la modernización de explotaciones agrarias, las ayudas tendrán la forma de subvención de capital, aplicando los límites siguientes:

  •  El volumen de inversión para el periodo de los tres años naturales anteriores a la resolución será de hasta 120.000 euros por UTA, con un límite máximo de 500.000 euros por explotación y sin superar el límite por UTA.
  •  El límite máximo de subvención será del 35 por 100 de la inversión subvencionable.

Para la instalación de jóvenes agricultores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 17 de diciembre de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, se aplicará un pago básico de 20.000 euros. El pago básico se podrá incrementar en los siguientes casos,

  •  Por la creación de una UTA adicional completa: 10.000 euros.
  •  Según la ubicación de la mayor parte de la explotación: en zonas de montaña que tengan limitaciones naturales, tendrá una cuantía de 2000€. Si son limitaciones específicas serán de 5000€

Para poder optar a estas subvenciones, hay que tener una formación mínima obligatoria de 100 horas. Dicha formación, la puedes adquirir en Inalocal en nuestro curso de incorporación de Inalocal para Aragón.

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